Constitución Española

Título I. De los derechos y deberes fundamentales

Capítulo segundo. Derechos y libertades

Sección 2ª. De los derechos y deberes de los ciudadanos

Artículo 35

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  1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

  2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.