Comentario
Disposición transitoria Tercera
Contenido del precepto
Dado el carácter específico del contenido de la disposición, no se encuentran antecedentes en nuestra historia constitucional ni en Derecho comparado.
Durante la tramitación constitucional, esta disposición aparece por primera vez en el Dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas del Congreso debido a la aprobación de una enmienda in voce de Virgilio Zapatero en nombre del Grupo Socialista. Durante el resto de la tramitación no sufrió cambios, aunque en el Senado se pidiera en alguna enmienda bien su supresión, bien su sustitución por otro texto.
La finalidad de la disposición era impedir que unas corporaciones locales no democráticas ejercieran el derecho de iniciativa autonómica previsto en el artículo 143.2 de la Constitución, que recordemos tiene el siguiente tenor: “La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.”
Por ello se difería la aplicación de este último precepto hasta la celebración de las primeras elecciones municipales democráticas.
Desarrollo
Las primeras elecciones municipales democráticas se convocaron por Real Decreto 117/1979, de 26 de enero, en aplicación de la Disposición transitoria séptima de la Ley 39/1978, de 17 de julio, de Elecciones Locales. Dichas elecciones se celebraron el 3 de abril de 1979, por lo que a partir de entonces podía tener efectos la iniciativa del proceso autonómico por las corporaciones locales.
Comentario realizado por
Jose Antonio Alonso de Antonio, Profesor Titular, Universidad Complutense. 2003.
Actualizado por
Mercedes Cabrera, Letrada de las Cortes Generales. 2016.
Ignacio Navarro Mejía, Letrado de las Cortes Generales, 2026.
Bibliografía
Aguiló Lúcia, Lluís Procedimiento privilegiado de acceso a la Autonomía : disposición transitoria segunda / Lluís Aguiló Lúcia.., en Comentarios a la Constitución española de 1978 / dirigidos por Óscar Alzaga Villaamil. -- [Madrid] : Cortes Generales [etc.], 1996-1999. -- T. XII, (p. [657]-664)..
Entrena Cuesta, Rafael Disposición transitoria segunda / Rafael Entrena Cuesta.., en Comentarios a la Constitución / Fernando Garrido Falla ... [et al.]. -- 3ª ed. -- Madrid : Civitas, 2001. -- P. [2773]-2775..
